Revista nº 1040
ISSN 1885-6039

JUICIOS POÉTICOS.

Martes, 16 de Octubre de 2018
Jorge Rodríguez Padrón
Publicado en el número 753

Sesiones abiertas de crítica literaria, celebradas en el Real Club Victoria (Las Palmas de Gran Canaria) durante el verano de 1965, promovidas por el aula de literatura de dicha institución, de la cual eran miembros entonces los poetas Manuel González Barrera*, Juan Jiménez* y Lázaro Santana*, todos ellos del grupo de Poesía Canaria Última* que pretendía hacer públicas su posiciones literarias a través de dichas sesiones críticas.

 

Solo llegaron a celebrarse dos juicios críticos: el primero, en el mes de julio, en torno a Consejo de Paz, libro de Pedro Lezcano*, que había despertado una viva polémica periodística tras su publicación, unos meses antes. Intervinieron, en esa ocasión, los citados Manuel González Barrera* y Juan Jiménez*, junto al también poeta Eugenio Padorno*; actuó como defensor, en ausencia de Ventura Doreste*, el ensayista Juan Rodríguez Doreste*. La crítica a Pedro Lezcano se centró en el cerebralismo, el anacronismo y la dispersión temática que los acusadores decían observar en su libro. El defensor hizo valer, por su parte, el criterio de que los primeros mostraban "una visión de la poesía deformada" por su "exclusiva y rigurosa adhesión a las más nuevas estéticas". Se defiende el propio autor, con notable ingenio y con los propios poemas, algunos de las cuales lee como prueba de su alegato. El segundo de los juicios, en agosto de ese mismo año, se celebró con motivo de la publicación de Habla viva, del poeta Agustín Millares Sall*. Actuaría como juez el propio Rodríguez Doreste y fueron fiscales los poetas Lázaro Santana, González Barrera y Juan Jiménez; el crítico Isidro Miranda* asumió la defensa del libro y del poeta. En este caso, además, se contó con un jurado integrado por el periodista Servando Morales* y los escritores Alfonso O'Shanahan*, Fernando Ramírez*, Juan Sosa Suárez* y Domingo Velazquez*. En su intervención, Isidro Miranda alaba la audacia de los jóvenes fiscales, aunque ruega al dios Pan que, como en la antigua Grecia, "infeste de terror pánico la osadía de los acusadores". No comprende la lectura crítica que han hecho de Pedro Lezcano (poeta de la clerecía, más depurado y conceptista) y que ahora hacen de un poeta de juglaría, popular y social como es Millares Sall. Los fiscales analizan el libro criticado y denuncian faltas en lo social, en el léxico pobre y lo que entienden una forma de evasión, ajena al compromiso buscado. De nuevo, el defensor pretende desmontar esos argumentos, alegando que ese lenguaje popular enriquece con nuevos materiales las formas poéticas: no es lo culto o poco corriente lo que da muestras de la capacidad de un escritor, concluye. Y pide al poeta que lea algunos de sus textos, para demostrar lo que dice. El juez, antes de dictar sentencia, se refiere a la inclusión del poeta juzgado en la por entonces reciente Antología de la poesía social española, de Leopoldo de Luis, como refrendo de su importancia y su calidad como escritor. Tras la deliberación correspondiente se dictó sentencia absolutoria, lo mismo que en el primero de los juicios. Conviene señalar que, en las dos ocasiones, la presencia y participación del público fue notable; y en ambos casos influyó directamente el fallo del jurado. En el juicio en torno a Habla viva, destacó la petición que hiciera Emilio Díaz Miranda quien, entre el público, solicitó condena para los fiscales por sus falsas acusaciones. Quizá no se entendió bien que el propósito de estos Juicios no era crear una confrontación generacional, y mucho menos belicosa. Se pretendía poner en el debate literario hasta dónde la continuidad de la poesía testimonial o de compromiso explícito podía ser revisada, y revisitada, desde otras perspectivas críticas que abordaran tanto los asuntos tratados como las formas expresivas, para que la escritura poética fuera campo abierto al conocimiento antes que encasillarse en la simple denuncia directa, que se consumía en sí misma.

 

 

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