Revista nº 1041
ISSN 1885-6039

COEDICIÓN de libros: Sociedad Pública CANARIAS CULTURA EN RED.

Martes, 24 de Mayo de 2005
Redacción BienMeSabe
Publicado en el número 54

La Consejería de Educación, Cultura y Deportes por medio de la Sociedad Canarias Cultura en Red, S.A como medida de apoyo a la producción editorial canaria por un lado, y como apoyo a los escritores por otro, pone en marcha un sistema de coedición con el sector privado que garantiza la publicidad de esta medida y una adecuada selección de los textos a publicar.

La Consejería de Educación, Cultura y Deportes por medio de la Sociedad Canarias Cultura en Red, S.A como medida de apoyo a la producción editorial canaria por un lado, y como apoyo a los escritores por otro, pone en marcha un sistema de coedición con el sector privado que garantiza la publicidad de esta medida y una adecuada selección de los textos a publicar.
Con el presente procedimiento se pretende estimular la inversión editorial en el Archipiélago y una mayor presencia de libros editados en Canarias en el panorama bibliográfico archipielágico, estatal internacional, considerando el libro como elemento esencial en el acceso de todos los ciudadanos a la educación, la información y la cultura.


Artículo 1.–

El presente procedimiento tiene por objeto establecer las normas que han de regir la coedición de libros de materias relacionadas con los ámbitos de actuación de la Sociedad Pública Canarias Cultura en Red y la Viceconsejería de Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias.



Artículo 2.-

Serán objeto del presente procedimiento los libros en lengua castellana, que cumplan, al menos, uno de los siguientes requisitos:

a. Textos encuadrados en los cuatro géneros literarios tradicionales (narrativa, ensayo literario, poesía y teatro).

b. Textos que afecten a las siguientes materias: Ciencias Sociales, Derecho, Filosofía y Teología, Ciencias puras y aplicadas. Nuevas Tecnologías, Historia, Arte y Geografía y Arquitectura.

c. Textos generados en el entorno de la actividad cultural de las islas.

d. Literatura infantil, juvenil y cómic.

Las publicaciones que desee participar en el presente procedimiento deberán contar indispensablemente con un servicio de distribución y con un plan de promoción.


Artículo 3.-

Se podrá solicitar la coedición para libros editados en soporte tradicional de papel o en soporte electrónico (CD-ROM o DVD-ROM).
Los títulos propuestos podrán ser primeras ediciones o reediciones cuya última edición date de más de tres (3) años.


Artículo 4.-

1. Podrán concurrir a esta convocatoria las personas físicas o jurídicas, de naturaleza privada y legalmente constituidas, dedicadas a la actividad editorial que cumplan los siguientes requisitos:
a. Tener su domicilio o sede social en cualquiera de las islas Canarias.
b. Presentar proyectos de edición de libros que desarrollen aspectos de la cultura canaria o promuevan la creación y difusión de la misma. O presentar proyectos que aun no conteniendo aspectos culturales canarios representen valor promocional para el catálogo del editor, que si deberá contener títulos o colecciones que desarrollen aspectos de la cultura canaria o promuevan la creación y difusión de la misma.
c. Estar al corriente de las obligaciones tributarias, estatales y autonómicas, y de la Seguridad Social en el momento de la firma del contrato.
d. Estar constituida legalmente como empresa editorial, con fecha anterior a la publicación de esta convocatoria habiendo ejercido la actividad empresarial como editora al menos durante el año anterior.

2. Quedan excluidos de la presente convocatoria los proyectos que incurran en los siguientes supuestos:
a. Los realizados por impresores que no sean editores legalmente constituidos.
b. Los libros de texto para enseñanza, las obras en fascículos o separatas.
c. Los editados por sus autores, excepto cuando éstos sean editores legalmente constituidos.
d. Las publicaciones de distribución gratuita.
e. Las reimpresiones.
f. Las obras que no sean confeccionadas íntegramente en España, América Latina o África.



Artículo 5.-

Las solicitudes de coedición deberán presentarse en las oficinas de la Sociedad Canarias Cultura en Red, S.A, sitas en C/ León y Castillo, 427, Edificio la Regenta, Las Palmas de Gran Canaria o en Calle Villalba Hervás número 4- 8º planta, Santa Cruz de Tenerife acompañadas de la siguiente documentación:

1. Proyecto de edición, que deberá contener, como mínimo:

a.- Título de la obra.
b.- Curriculum del autor cuya obra se va a publicar y trayectoria de la Editorial
c.- Temática de la obra, y sinopsis de la misma.
d.- Datos técnicos de la obra (formato, tipo de papel, número de páginas, tirada, tipo de cubierta, etc.)

2. Un plan de distribución y comercialización dentro y fuera de las islas, así como una relación de las empresas distribuidoras con las que habitualmente trabaja la editorial y los acuerdos que mantiene con las empresas de distribución.

3. Plan de difusión de la obra. Detalle de la difusión que se realizará del libro y medios a utilizar tanto a nivel local y archipielágico, como estatal.

4. Presupuesto de la edición, desglosado por conceptos, que incluirá todo tipo de gastos e ingresos, (precio de venta al público, impuestos, ayudas solicitadas para la financiación del libro, entidad y cuantía de las mismas, etc…)

5. Contrato de edición suscrito con el autor del libro o con el titular de los derechos de propiedad intelectual.

En caso de presentar solicitudes de Reedición de obras, los solicitantes tendrán que aportar, además de la documentación anteriormente detallada, la siguiente documentación:

1. Número de ediciones anteriores: tipo de edición y detalles de su distribución, si fue editada por la editorial solicitante.
2. Número de ejemplares editados y fechas de las de las anteriores ediciones.
3. En su caso, otras editoriales que han publicado la obra.

Si los solicitantes han coeditado con anterioridad con la Viceconsejería de Cultura y Deportes o empresa pública del Gobierno de Canarias deberán, asimismo, presentar la memoria de la coedición a la que se refiere el artículo décimo quinto en relación a los dos últimos ejercicios económicos.



Artículo 6.-

El criterio general de valoración que se seguirá será el interés cultural de las publicaciones cuya coedición se solicite, en cuanto a su aportación a la cultura de canarias, al desarrollo de la cultura en general, el apoyo a nuestros escritores/as, el interés de la obra en el mercado del libro, la proyección y difusión en el exterior y la difusión estatal de la obra. Así mismo, se valorará la calidad de la edición y el cuidado interior de la obra, el fomento de la igualdad de oportunidades entre los géneros y el apoyo a las nuevas escrituras emergentes.

Para una mejor determinación del interés cultural y la calidad de la edición de las coediciones a realizar, Canarias Cultura en Red S.A constituirá un Consejo Asesor que valorará la aportación de los proyectos presentados.


Artículo 7.-

El plazo para la presentación de solicitudes estará abierto hasta el 1 de Octubre del presente año.


Artículo 8.-

Una vez recibidas las solicitudes, serán evaluadas conforme a los criterios expresados en artículo 6 por los expertos que, al efecto, designe por la Consejera Delegada de Canarias Cultura en Red, que tendrá un máximo de seis miembros.
El importe de la coedición incluirá el correspondiente a 100 ejemplares de la obra a PVP, que serán destinados a los fondos bibliográficos de las dos bibliotecas públicas canarias de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife y Las Palmas de Gran Canaria y el 5% de los beneficios obtenidos por la venta de cada coedición, que deberán liquidarse a 30 de noviembre de cada año, mientras se continúen las ventas, que serán destinadas por Canarias Cultura en Red, S.A a la promoción de la literatura en Canarias, en esa fecha nos comunicarán el número de ejemplares vendidos.


Artículo 9.-

El importe que se destinará a financiar cada coedición no superará el cincuenta por ciento (50%) del coste total de la edición, salvo aquellos casos en los que la realización de la publicación suponga un coste considerable para el editor por el elevado número de ejemplares a imprimir o por las características técnicas de la misma, circunstancia ésta que será de libre determinación por el órgano competente de Canarias Cultura en Red, SA.


Artículo 10.-

Si la solicitud resultara informada favorablemente, se requerirá al interesado la siguiente documentación:

· Documento Nacional de Identidad, cuando se trate de empresarios individuales o, si el empresario fuera persona jurídica, escritura de constitución de Sociedad debidamente inscrita.

· Testimonio judicial, certificación administrativa o declaración responsable del adjudicatario otorgada ante una autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado, de no estar incurso en las prohibiciones para contratar con la Administración señaladas en el artículo 20 del T.R.L.C.A.P.

· Documento de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas y último recibo del mismo, si procede.

· Certificación administrativa expedida por el órgano competente de la Administración del Estado, por lo que respecta a las obligaciones tributarias con este último.

· Certificación administrativa, expedida por el órgano competente de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, por lo que respecta a las obligaciones tributarias con la misma.

· Certificación administrativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social.

Toda la documentación habrá de ser documentación original, o bien copias que tengan carácter de auténticas o compulsadas conforme a la legislación vigente en la materia.

En caso de no presentarse la documentación en el plazo máximo de UN (1) MES, a contar desde el día siguiente a la recepción de la notificación del requerimiento, se entenderá que el interesado renuncia a la solicitud.


Artículo 11.-

Las solicitudes que reúnan toda la documentación necesaria y previa propuesta de la Comisión Asesora, serán elevadas a la Consejera Delegada, que resolverá el procedimiento.

La resolución del procedimiento será notificado a los interesados individualmente y, en la misma, figurarán los fines, el importe y la forma de abono, que será publicado en la página web www.culturadecanarias.com. Con los seleccionados se firmará un contrato de coedición del libro seleccionado.
El plazo máximo para resolver el procedimiento de concesión de ayudas finalizará el 31 de octubre de 2005.



Artículo 12.-

Los libros coeditados deberán llevar impreso discretamente en su interior y exterior el logotipo del Gobierno de Canarias con la palabra Cultura, tal y como se le suministrará, y la frase “coeditado por Canarias Cultura en Red” .


Artículo 13.-

Las editoriales seleccionadas deberán tener en cuenta en sus presupuestos el diseño de un cartel con información sobre la obra publicada y la distribución del mismo en puntos de venta y otros centros de interés en el momento de su presentación.


Artículo 14.-

La editorial se compromete, una vez editado el libro, a distribuir 100 ejemplares en las dos Bibliotecas Públicas de Canarias de Santa Cruz de Tenerife y Las Palmas de Gran Canaria (50 ejemplares en cada una de ellas).


Artículo 15.-

La presentación del libro será comunicada con antelación de al menos un mes, a los responsables de Canarias Cultura en Red, para su asistencia.

Una vez editado y presentado el libro, la editorial deberá presentar una memoria de la coedición en la que se informe sobre los puntos de venta y su distribución por zonas.

El abono del importe correspondiente se realizará una vez presentada la memoria de la coedición, la factura y el acta de entrega de los ejemplares.

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