Revista nº 1037
ISSN 1885-6039

Condena al Cabildo de Lanzarote por daños morales a César Manrique y a su Fundación.

Viernes, 26 de Noviembre de 2010
Fundación César Manrique
Publicado en el número 341

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n.º 2 de Las Palmas de Gran Canaria ha condenado al Cabildo de Lanzarote por “daños morales” a César Manrique y a la Fundación que lleva su nombre por elaborar y difundir un vídeo institucional, los días 19, 20 y 21 de noviembre de 2004, en diversas televisiones locales de Lanzarote, en el que se descalificaba a la FCM y la memoria de su fundador, como consecuencia de las críticas de la Fundación a las obras de ampliación de la carretera de La Geria. La campaña del Cabildo incluyó también inicialmente una carta enviada a S. M. La Reina, firmada por la presidenta del Cabildo y los alcaldes de los ayuntamientos de la isla.

 

En la sentencia, ante la que cabe recurso de apelación, el Juzgado estima parcialmente la demanda interpuesta por la Fundación César Manrique, declarando ser ilegal la actuación del Cabildo, que empleó una “vía de hecho” para elaborar y difundir dicho vídeo, dando por probado que no existió ningún acto administrativo que diera cobertura a su actuación, que, por consiguiente, resulta nula de pleno derecho. Desestima así la pretensión del Cabildo de Lanzarote alegada en su defensa de no reconocer la autoría del vídeo (esto es, desconocer quién encargó el vídeo que comprometió al Cabildo de Lanzarote, como declaró en el curso del procedimiento judicial la entonces presidenta, María José Docal), ni de ser responsable de haber dado la orden de emisión a las televisiones locales, negando hechos evidentes que se han probado en el juicio. La sentencia cifra en la cantidad simbólica de 600 € la indemnización por “daños morales”, desestimando la petición de 9.000 € planteada por la Fundación con el propósito de evitar el allanamiento de la otra parte durante el procedimiento.

 

Tras la rectificación pública del Cabildo, a través del entonces consejero de Obras Públicas, Sergio Machín, la FCM desestimó recurrir a la vía penal contra los responsables del vídeo, en tanto que centró su objetivo jurídico en dilucidar la actuación del Cabildo, emprendiendo con dinero público una campaña de descrédito contra una plataforma crítica de la sociedad civil a través de la producción y emisión en televisiones de un vídeo se ajustaba a la legalidad o no. Para ello, acudió a los tribunales de lo Contencioso-Administrativo, que, tanto en primera como en segunda instancia, rechazaron entender del asunto aduciendo que la demanda debería haberse encauzado por la vía civil, algo expresamente rechazado por la FCM, que, como queda dicho, pretendía la fiscalización de una actuación administrativa a su juicio ilegal. Finalmente, hubo de recurrirse al Tribunal Constitucional para hacer valer el derecho de enjuiciar el asunto en vía contencioso-administrativa y mostrar el uso indebido de las estructuras de la Administración pública por parte de sus gestores de entonces, sometiendo a control jurisdiccional la legalidad de la actuación administrativa impugnada.

 

El 14 de febrero de 2006, los servicios jurídicos de la FCM interpusieron ante el Tribunal Constitucional un recurso de amparo contra el auto dictado por la Sección Segunda de la sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (auto de 2 de septiembre de 2005), que desestimó el recurso de apelación interpuesto contra el Cabildo, de fecha 2 de marzo de 2005, dictado por el Juzgado Contencioso-Administrativo n.º 2 de Las Palmas de Gran Canaria, que también declinó su competencia para conocer del recurso formulado.

 

El 10 de marzo de 2008, el Tribunal Constitucional se pronunció acogiendo las tesis de la FCM y, por consiguiente, abriendo la vía contencioso-administrativa que ha dado los resultados hoy comunicados a la opinión pública, condenando al Cabildo de Lanzarote presidido entonces por María José Docal.

 

Con la actual sentencia, se recoge la pretensión central de la FCM consistente en mostrar ante la opinión pública la arbitrariedad e ilegalidad de la campaña institucional contra la Fundación emprendida en noviembre de 2004 por el Cabildo de Lanzarote, confiando en que un abuso de poder tan desproporcionado y antidemocrático no vuelva a producirse ni contra la Fundación ni contra cualquier ciudadano o asociación de la sociedad civil que ejerza su legítimo derecho a la crítica de las acciones y decisiones de las Administraciones públicas.

 

La sentencia íntegra puede consultarse en www.fcmanrique.org.

 

 

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